Noticias de última hora

En Internet En El Graduado

reserva

WorkPress®

Toda la actualidad para asesores de empresa, actualizada diariamente en una sola web.

 

 
NUESTRA PROFESION [Envía esta página a un amigo]

El Graduado Social
como agente social


en las relaciones laborales y de la Seguridad Social en el Estado español

por Alfonso Hernandez Quereda, Vicesecretario del CGCGSE y Vicepresidente 1º del CGS de Murcia

La denonimación actual de los estudios que habilitan al graduado Social para el Ejercicio de su profesión es la de TITULO DE GRADO EN RELACIONES LABORALES Y RECURSOS HUMANOS, carrera Universitaria con una duración de cuatro años académicos y dos de especialización

Esto supone un primer ciclo de 240 créditos y suficiente para la actividad profesional y un segundo ciclo de especialización de 120 créditos, lo que nos lleva a la preparación profesional para irrumpir en el mercado laboral como un JURISTA EXPERTO EN RELACIONES LABORALES Y RECURSOS HUMANOS, ASI COMO DE LA SEGURIDAD SOCIAL, teniendo las siguientes competencias y funciones, según el perfil elaborado tanto por la ANECA como por las distintas Universidades, así como por la sociedad donde opera este profesional, llevando el asesoramiento de más del 80% de la pequeña y mediana empresa, trabajadores y pensionistas.

El ejercicio profesional

El Graduado social, una vez finalizada su Carrera universitaria se incorpora obligatoriamente, si pretende ejercer como tal, al colegio profesional donde se encuentre ubicado su despacho Profesional. Y ya colegiado se convierte en un jurista experto en materias sociales y laborales y como tal, estudia, asesora, representa y gestiona sin apoderamiento especial , todos aquellos asuntos laborales y de Seguridad Social que le sean encomendados por particulares, administración y terceros.

El graduado social, entre sus competencias, asiste en representación ante los Tribunales del orden social, (juzgados de lo Social) en todos aquellos asuntos que le sean encomendados por empresas, trabajadores, pensionistas, sindicatos, corporaciones, etc. Teniendo en exclusiva como tal, la facultad de confeccionar mensualmente las liquidaciones a la Seguridad Social que realizan las empresas, así como tramitar y asesorar todos los expedientes de jubilación, incapacidad, viudedad, orfandad, favor de familiares y todas aquellas prestaciones que se realizan ante la seguridad Social.

Por tanto el Graduado Social es hoy en nuestra sociedad un valedor importante y fundamental de todas las actuaciones que se realizan en el mundo laboral y de la seguridad social.

Siendo los graduados sociales los titulados Universitarios que más Derecho del Trabajo y de la Seguridad social tienen incorporado como material en su plan de estudios, así como junto con sus conocimientos del derecho procesal laboral lo convierten en un verdadero especialista de la técnica y de la ciencia jurídica laboral , convirtiéndolos en ius–laboralistas , dedicándose al ejercicio de la profesión jurídica laboral y al estudio de tal ciencia.

Estando por tanto, al igual que otros profesionales jurídicos, (abogados y Procuradores) facultado legalmente para ostentar la representación procesal en juicio , aplicando sus conocimientos jurídicos en la ciencia del derecho laboral y de la Seguridad Social, respondiendo a los ataques o dictámenes ajenos, situándose a favor de los derechos de su representado, patrocinándolo, argumentando, protegiéndole, mediando, haciendo uso del derecho, pidiendo y postulando en la controversia ante el Juez o Tribunal. Realizando en definitiva una dirección Técnica en su despacho o asesoría.

Competencias profesionales

El artículo 545.3 de la vigente Ley Orgánica del Poder Judicial incorpora un nuevo concepto a las funciones del Graduado social, así al sustantivo representación se añade el calificativo “técnica” lo que para algunos especialistas no puede ser otra cosa que un reconocimiento definitivo de la especialización profesional que el Graduado Social desempeña en todo proceso laboral y de la seguridad Social, pero en el sentido de que mantiene sus competencias del sustantivo representación procesal, por cuanto le es de aplicación al graduado social todo el título II del Libro VI ( de los abogados y Procuradores... “y Graduados Sociales” y especialmente los artículos 187, 542.3 y 546 de la Ley Orgánica del Poder judicial.

Para el Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España, máximo órgano Institucional de los Graduados Sociales, la representación técnica es la facultad que ostentan los Graduados Sociales Colegiados, en los procedimientos laborales y de Seguridad Social, representando y dirigiendo técnicamente el proceso laboral , ratificando la demanda y contestando a la misma, proponiendo, practicando y resumiendo la prueba y, en definitiva ejercitando plenamente ante los Juzgados y tribunales que conocen de la materia laboral y de la Seguridad Social de quien les ha confiado su defensa.

Además de la Regulación establecida en la Ley orgánica del poder Judicial, encontramos la Orden de 28 de Agosto de 1.970, en su artículo 1º por la que se aprueba el Reglamento de Colegios profesionales de Graduados sociales.

Funciones de los Graduados Sociales

  • Intervenir profesionalmente , estudiando y emitiendo dictámenes e informes en cuantas cuestiones socio laborales le sean encomendados.
  • Asesorar, representar, formalizar documentos y gestiones en nombre de organismos, empresas y particulares, en materia Laboral y de la seguridad Social, empleo y migraciones.
  • Realizar , cuando fueran nombrados colaboradores del Ministerio de Trabajo u otros organismos en la forma regulada por el art. 6º del texto articulado de la Ley de Funcionarios civiles del Estado, funciones relativas a técnicas de investigación social, cooperando en las encuestas, estudios y dictámenes que se les encomienden.
  • Desempeñar en Organismos Oficiales, entidades y empresas las funciones o cargos de técnico en departamento de personal.
  • Comparecer en nombre de las empresas, de los trabajadores y demás particulares ante los organismos de conciliación, así como la representación ante los Juzgados de lo Social.
  • Verificar , sin menoscabo de las facultades Inspectoras e interventoras de la administración, mediante certificados, visado, declaraciones y demás documentos que hayan de formalizar las empresas y trabajadores a efectos de lo establecido en la legislación laboral y de la Seguridad Social.
  • Ejercer la habilitación de las empresas, trabajadores, sus familiares o derecho habientes en orden a la percepción de toda clase de beneficios económicos otorgados por la legislación socio laboral, seguridad Social, empleo y migración.
  • Intervenir , cuando sea requerido para ello en la negociación, como asesor en los convenios colectivos, así como en las comisiones paritarias de los mismos.
  • Representación ante la Inspección de Trabajo e impugnar y recurrir actas de infracción y liquidación a la Seguridad Social y sanciones en general.
  • Asesoramiento Permanente de empresas con confección de Seguridad Social y recibos de Salarios y cuestiones de personal.
  • Departamento de recursos humanos
  • Técnicos del cuerpo de Gestión.
  • Asesoramiento y gestión en materia fiscal tanto de empresas como de personas físicas.

 

Entidades colaboradoras:

    [volver arriba] [volver a sumario] x